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RESUMEN DE PRENSA (ADS nº 75 SEPTIEMBRE 2001)

Justicia gratuita para el 
Instituto Social de la Marina

El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en la que reconoce al Instituto Social de la Marina el beneficio de justicia gratuita en virtud del artículo 233 de la Ley de Procedimiento Laboral que prevé dicho beneficio para las entidades gestoras de la Seguridad Social. 
EL DERECHO, 20.08.01.

Reintegro de gastos 
por internamiento psiquiátrico

El Tribunal Supremo ha reiterado su doctrina en relación con la obligación de las entidades gestoras de reintegrar gastos reclamados que no se derivan de un internamiento inicial sino que son posteriores y conocidos por la misma al haber reintegrado gastos anteriores. Es por tanto la entidad gestora la obligada a investigar la situación del enfermo pues, de lo contrario, se entiende que consiente la asistencia prestada y los gastos que ocasione.
EL DERECHO, 06.08.01.

Las diócesis catalanas aprueban 
un documento sobre voluntades anticipadas

Las diócesis catalanas han aprobado un documento de voluntades anticipadas que estará en consonancia con la ley aprobada por el Parlamento Catalán sobre la misma materia el pasado año. En el documento que presenta el clero catalán se introducen matices relativos a la fe del paciente y, según sus portavoces, el objetivo es garantizar el respeto final de la vida y no prolongarla inútilmente, es decir, evitar el denominado “encarnizamiento terapéutico”.
ABC, 18.09.01.

La autoridades francesas demandan a Baxter 
la retirada de los dializadores Althane A-18

PARIS, 3 (EP/AFP) Las autoridades sanitarias francesas demandaron hoy a la empresa Baxter Althin Medical, filial suiza de la americana Baxter, la retirada de los dializadores Althane A-18 y pidieron también "el cese inmediato de los mismos" en los nueve centros que lo utilizan en Francia. Un portavoz de la Agencia francesa de seguridad sanitaria de productos de salud (Afssaps), Henriette Chaibriant, indicó que "estos aparatos fueron retirados el viernes en España a causa de una posible relación con el fallecimiento de 10 personas sometidas al tratamiento de hemodiálisis en Madrid y en Valencia durante el mes de agosto". 
Europa Press, 3 de septiembre 2001-09-03.

Suecia / Los médicos rechazan la venta 
de células embrionarias congeladas

ESTOCOLMO, 31 (EP/AFP) La profesión médica sueca se ha pronunciado en contra de la "venta de células embrionarias congeladas" por tratarse de una "cuestión moral y ética", declaró hoy el profesor del Instituto Carolin de Estocolmo Bo Angelin, responsable de un centro de investigación en el hospital universitario de Huddinge (Sur de Estocolmo). "Sólo las distribuirermos gratuitamente a los centros de investigación médica que así lo soliciten, y únicamente para estudios muy específicos", precisó el doctor. 
Europa Press, 31 de septiembre del 2001.

Sanidad comunica a Baxter la inmovilización 
del dializador "por precaución"

La Dirección General de Farmacia, dependiente del Ministerio de Sanidad y Consumo, se puso en contacto ayer con la empresa química Baxter para comunicarle que iba a inmovilizar, por precaución, el dializador A-18, fabricado por la compañía norteamericana, y al que se relaciona con el fallecimiento de 12 pacientes que recibieron tratamiento de hemodiálisis, informaron hoy a Europa Press en fuentes de este organismo. 
Europa Press, 1 de septiembre del 2001.

Doce fallecimientos relacionados 
con 'Lipobay', de Bayer

La presidenta de la Asociación Defensor del Paciente, Carmen Flores, declaró hoy a Europa Press que esta entidad ya ha puesto "en manos de abogados" un total de doce casos de fallecimientos en toda España posiblemente asociados al consumo del fármaco anticolesterol 'Lipobay'. Uno de los casos, en Zaragoza, ya se ha convertido en demanda contra el fabricante, Bayer. Según Flores, la distribución geográfica de las denuncias es de dos casos en Andalucía, Guipúzcoa y Valencia, y 1 en Castellón, La Rioja, Bilbao, Galicia, Avila y Zaragoza. Un segundo caso sospechoso en Zaragoza ha sido descartado, porque el paciente falleció por derrame cerebral, mientras Defensor del Paciente mantiene en su lista el caso de Navas del Marqués (Avila), negado hoy por el Insalud. 
Europa Press, 24 de agosto del 2001.

Los andaluces presentaron 650 
reclamaciones al SAS el pasado año.

El secretario general del Servicio Andaluz de Salud (SAS), José Antonio Cobeña, informó hoy en la sede Antonio Machado de la UNIA en Baeza (Jaén) que los andaluces presentaron el pasado año 650 reclamaciones al SAS, de las que 99 fueron en la provincia de Jaén. Según declaró Cobeña, en el año 2002, se introducirán una serie de indicadores de calidad para controlar el funcionamiento del SAS.
Europa Press, 12 de septiembre del 2001.

El Congreso insta al Gobierno a presentar el proyecto de estatuto marco en seis meses
El Congreso de los Diputados aprobó hoy por unaminidad una moción de Coalición Canaria instando al Gobierno a que en un plazo "a ser posible, no superior a seis meses" presente ante la Cámara el proyecto de Ley de Estatuto Marco del personal sanitario, un precepto de la Ley General de Sanidad de 1986 que lleva quince años sin aplicarse. La moción insta al Gobierno a que para ese fin se aceleren las negociaciones tanto en el marco del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS) como con los interlocutores sociales y añade que, en caso de que el Ejecutivo no pueda enviar el proyecto en ese plazo, "deberá informar, a través de la Comisión de Sanidad de ésta Cámara, del estado de tramitación del mismo". Asimismo, se reclama del Gobierno a que, antes de finalizar el actual periodo de sesiones, trasponga la Directiva Europea 93/104 sobre ordenación del tiempo de trabajo al personal del Sistema Nacional de Salud "con carácter urgente y, en todo caso, antes de que finalice el presente año". 
Europa Press, 13.09.2001.

Condena a pagar el tratamiento en Hungría 
de un niño con encefalopatía motora crónica

La sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha condenado a la Conselleria de Sanidad a pagar 2.633.479 pesetas a la familia de un niño valenciano afectado de una encefalía motora crónica por la que tuvo que ser tratado en el Instituto de Enseñanza Conducción de Budapest (Hungría), con un método denominado PETO, que no existe en España. Inicialmente, la conselleria había pagado tres fases del tratamiento y rechazó pagar las otras cinco, que habrá de abonar en virtud de esta sentencia. 
Europa Press, 17.09.2001.

El Supremo obliga al Insalud a pagar la colegiación de quienes trabajen en exclusiva
La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha declarado la obligación del Insalud de pagar la colegiación de quien trabaje en exclusiva para la Administración, según informó hoy la Federación de Sanidad de CC.OO. Desde CC.OO. se indicó que con esta resolución, el alto tribunal "zanja el pulso judicial" que mantenían algunos Tribunales Superiores de Justicia de las comunidades que discrepaban sobre si el beneficio del que gozan los inspectores médicos, a quienes el Insalud les paga la colegiación desde 1998, era extensible a los enfermeros, que fueron quienes iniciaron los procesos judiciales para el reconocimiento del derecho. 
Europa Press, 7.09.2001.

Condena a arresto por pegar a auxiliar que 
no dio información sobre su madre ingresada

El magistrado de la Audiencia Provincial de Valencia, Carlos Climent, ha confirmado la sentencia interpuesta por el juzgado de instrucción número 13 de Valencia, y ha condenado a Gaspar J.G., a cumplir seis arrestos de fin de semana y a pagar una indemnización de 147.000 pesetas a una auxiliar de clínica del Hospital La Fe de Valencia, a la que propinó un puñetazo en la nuca por no darle información sobre su madre, ingresada en el centro. Los hechos sucedieron, según consideró probada la sentencia de primera instancia, el 11 de diciembre de 2000 cuando Saturnina O.O., auxiliar de clínica, se encontraba realizando su trabajo en la puerta de Intensivos y Reanimación del Hospital La Fe de Valencia cuando sobre las 16.15 horas se le acercó Gaspar J.G., quien le preguntó por su madre, a la que habían ingresado en quirófanos. La auxiliar le manifestó que preguntara por su madre en quirófanos, ya que ella desconocía la situación en la que podía encontrarse. Posteriormente, sobre las 18.45 horas, cuando la mujer se encontraba en la puerta de entrada del pabellón Central, apareció el acusado "muy alterado" y le reprochó que su madre no estaba en quirófano sino que hacía dos horas que se encontraba en la habitación. La mujer le indicó que ella no estaba prestando servicios en quirófano por lo que desconocía lo que había pasado. En ese momento, el condenado propinó un puñetazo en la nuca a la auxiliar, a la que le causó lesiones consistentes en contractura muscular y paravertebral cervical post-traumática, para cuya curación precisó de una primera asistencia facultativa en la que se le prescribió collarín cervical blando, antiinflamatorios y relajantes. La trabajadora estuvo incapacitada durante 21 días. El magistrado de la Audiencia considera en esta sentencia que el "acto violento" realizado por el condenado contra la denunciante "se estima verdaderamente desproporcionado y falto de la menor justificación porque ésta trató de ayudar al apelante en la medida de sus limitadas posibilidades de conocimiento, conduciéndole hacia los quirófanos para que allí recabara información sobre su madre". Por ello, considera que es "razonable" la entidad de la pena impuesta, especialmente por el número de días de incapacitación.
Europa Press, 17.09.2001.


RESUMEN DE PRENSA (ADS nº 74 JULIO-AGOSTO 2001)

Un laboratorio pagará 10 millones por mantener datos personales no consentidos
La Audiencia Nacional ha condenado a un laboratorio a pagar una multa de 10.000.001 pesetas por mantener en su base informática los datos de una persona que previamente había ejercitado el derecho de cancelación de los mismos. La conservación de los datos se conoció tras una campaña publicitaria en la que se envió un folleto al afectado, el cual denunció los hechos. Frente a la alegación del laboratorio de que en el caso de autos es aplicable una de las excepciones previstas por la normativa sobre protección de datos, la relativa a la falta de fines económicos o actividad profesional del poseedor de los datos, el tribunal declara que el hecho de que los productos sean utilizados para una prestación médica financiada con cargo a fondos públicos no excluye el carácter económico y profesional de la fabricación de los mismos y, por tanto, la exoneración prevista no es de aplicación.
Cápsulas, Boletín de Información Jurídica, junio 2001.

El Colegio de Valencia, contra el intrusismo
El Colegio de Médicos de Valencia ha publicado en medios de comunicación un anuncio en el que pone en aviso a la opinión pública frente al recientemente autodenominado Consejo General de Colegios de Médicos Naturistas de España informando de que no son son ni colegio profesional, ni médicos, ni especialistas, como han dado a entender en su publicidad. 

EEUU exigirá autorización para realizar transferencias citoplasmáticas
La Food and Drugs Administration (FDA) estadounidense ha decidido restringir las técnica de reproducción asistida conocida como `transferencia citoplasmática´. Aunque no existen pruebas de que la técnica, que emplea el material genético de tres personas (un padre y dos madres), sea peligrosa, a partir de ahora se exigirá a los centros que quieran realizar este procedimiento que pidan antes una autorización
El Mundo, 21.07.01.

Muertes por consumo de cerivastatina
La Agencia Española del Medicamento ha decidido una modificación urgente de la ficha técnica y el prospecto de los fármacos conocidos como Lipobay, Liposterol,Vaslip y Zenas Micro, que en España toman unas 200.000 personas con problemas de colesterol, tras la muerte de tres personas en España debido a su consumo.. La Agencia advierte que la cerivastatina, sustancia que contienen todos los fármacos citados, no se puede asociar con el gemfibrozilo, que no se pueden superar los 0,4 miligramos diarios, yque se deben escalonar las dosis.
ABC, 17.07.01.

APD: 30 de junio, fecha tope para optar por uno de los dos sistemas de cotización 
El sábado 30 de junio de 2001, finaliza el plazo establecido por el artículo 28 de la Ley 14/2000, de acompañamiento a los presupuestos del Estado, para que los sanitarios locales elijan un régimen de afiliación único. Ante las múltiples dudas que ha suscitado el texto de la ley de acompañamiento, la Confederación Española de Sindicatos Médicos, ha aclarado que la opción tienen que ejercerla antes del 30 de junio únicamente el personal de APD integrado en EAP de autonomías con transferencias sanitarias. Por su parte, José María García Oyaregi, director general de Muface, ha indicado que la situación del personal transferido a las comunidades autónomas que crean servicios de salud propios, es diferente a la del personal de los cuerpos especiales de funcionarios del Estado al servicio de la sanidad local ya que en estos últimos confluye un doble régimen jurídico por su condición de funcionarios y personal estatutario de la Seguridad Social al mismo tiempo. Sin embargo, el personal que ha sido transferido a las comunidades autónomas pasa de ocupar dos puestos de trabajo con dos retribuciones, a uno sólo, con una única retribución por lo que los interesados deben optar por un único régimen de Seguridad Social.
ADS, 28.06.01.

Condena a Asisa por pinzamiento de nervio en intervención quirúrgica
El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia dictada por un Juzgado de Cartagena (Murcia) que condenó a Asistencia Sanitaria Interprovincial S.A. (Asisa) a indemnizar con 16.400.000 pesetas a un paciente que como consecuencia de una operación en la que se le realizó un pinzamiento indebido sufre secuelas que "no se hubieran producido con un tratamiento prestado en su tiempo y con adopción de los medios adecuados". El alto tribunal confirma la sentencia al entender que "ha quedado probada la producción del resultado lesivo en el ámbito del contrato de asistencia médica concertada entre las partes, por una defectuosa prestación del servicio por personal y en centro pertenecientes al cuadro médico de aquélla (Asisa)". 
Europa Press, 5.01.2001.

Los laringectomizados piden al juez que paralice el comercio del tabaco
La Asociación Vizcaina de Laringectomizados y Mutilados de Voz ha solicitado al juez la paralización de la fabricación, distribución y comercialización de las labores del tabaco en todo el territorio nacional. La petición de intervención judicial se enmarca en las acciones de ámbito nacional que ha emprendido la Asociación Nacional de Laringectomizados, que a lo largo de este año protagonizó varias reclamaciones en en los tribunales. Las acciones de los afectados han provocado la reacción de tabaqueras como Philips Morris, que desde Estados Unidos han enviado abogados para estudiar las posibilidades de éxito de los procedimientos judiciales iniciados en España.
www.actualderechosanitario, 9.07.2001.

BRASIL / Un tribunal reconoce medicamentos gratis a enfermos VIH
El Tribunal Superior de Justicia de Brasil ha sentado un precedente legal que reconoce a los casi 540.000 enfermos del VIH que hay en el país el derecho a recibir del Estado, y gratis, las medicinas necesarias para sus tratamientos. Siete portadores del VIH demandaron a la Gobernación del Estado de Río de Janeiro, que les suministra gratuitamente dos de los doce medicamentos necesarios contra el sida. Los afectados utilizaron la ley federal que obliga a distribuir gratuitamente sólo dos de esas medicinas. Según la sentencia, el Estado está obligado por Constitución a garantizar la salud de la población y ello incluye a los portadores de HIV. "Si la combinación de medicamentos, según la autoridad médica que la prescribe, es lo mejor para el tratamiento de un paciente, la distribución de esos medicamentos no puede quedar limitada a las convenciones de un ministerio", aprecia la sentencia del magistrado José Augusto Delgado. Según el magistrado, una decisión distinta hubiese supuesto "una usurpación del derecho constitucional a la salud, con la complicidad del poder judicial". La sentencia puede ser apelada ante el Supremo Tribunal Federal, pero fuentes de la Gobernación del estado de Río de Janeiro han explicado que acatarán el fallo, que puede sentar un precedente. "La sentencia beneficia sólo a las siete personas que pleitearon con la Gobernación de Río de Janeiro, pero se trata de un precedente que podrá ser esgrimido con todo derecho por cualquier otro enfermo de HIV", dijeron fuentes del Superior Tribunal de Justicia. En la práctica, el empeño de las siete personas que acudieron a la justicia terminará beneficiando a los 540.000 enfermos de HIV que la Organización Mundial de la Salud (OMS) calcula que existen en Brasil.Esa cifra representa un 0,57 por ciento de la población del país, que está considerado como un ejemplo mundial en la lucha contra el sida. Brasil destina cada año unos 300 millones de dólares a la fabricación, compra y distribución gratuita de medicinas y preservativos, a la financiación de exámenes y a la investigación sobre el sida. Fruto de ese esfuerzo, en las últimas dos décadas se ha reducido en un 50 por ciento la tasa de mortalidad a causa de la enfermedad en el país. Los logros brasileños en el combate a un mal que, según la propia OMS, afecta a 36 millones de personas en todo el planeta, fueron reconocidos en una reciente conferencia de la ONU celebrada en Nueva York. En esa conferencia, Brasil consiguió, además, el apoyo de casi todos los países asistentes a su propuesta de suavizar el tratado internacional de propiedad intelectual que protege las fórmulas de medicinas usadas contra el sida. El lunes pasado, la noticia del fallo del Superior Tribunal de Justicia a favor de los siete enfermos coincidió con el anuncio de que el Ministerio de Salud ha registrado la versión genérica de uno de los doce medicamentos necesarios para tratar el HIV. Se trata del Epivir, un antirretroviral que integra el llamado "cóctel" contra el sida. La caja con 60 comprimidos tiene en Brasil un precio de unos cien dólares, que gracias a la versión genérica se reducirá en un 40 por ciento, según el Ministerio de Salud. 
www.actualderechosanitario.com, Agencias, 11.07.2001 

El Gobierno aprueba las categorías de médicos de urgencia y de documentación clínica
El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto que crea las categorías de médicos de Urgencia Hospitalaria y de médicos de Admisión y Documentación Clínica del Insalud, que quedarán integradas en el Estatuto Jurídico del Personal Médico. 
www.actualderechosanitario.com, 23.07.2001 

Aprobado el Real Decreto que impone duras sanciones por no prevenir la legionella
El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto que regulará las medidas de prevención y control de brotes de legionella, y recogerá cuatro infracciones muy graves con sanciones y multas de dos millones y medio a cien millones de pesetas. Los titulares de las torres de refrigeración y otras instalaciones susceptibles tendrán seis meses para adecuarlas a esta norma, según informa el diario ABC. Los hospitales y centros sanitarios deberán cumplir también con estas medidas de prevención, especialmente en las salas con pacientes de alto riesgo; los humidificadores deberán estar esterilizados o disponer de un estricto nivel de desinfección que será diario. Y sólo podrán funcionar con agua estéril. Los equipos diseñados para facilitar la respiración de estos pacientes tendrán que ser, si es posible, de un solo uso. Cuando los equipos de terapia respiratoria sean de un solo uso también cumplirán normas de limpieza y desinfección.
www.actualderechosanitario.com, 13.07.2001.

120 millones para una enfermera que contrajo sida 
El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha condenado a la Universidad de Valencia y al Hospital Clínico a indemnizar con 120 millones de pesetas a una estudiante de enfermería que en unas prácticas contrajo sida y hepatitis C al extraer sangre a una paciente infectada y pincharse accidentalmente. El tribunal estima parcialmente la demanda de la paciente, que había pedido inicialmente 124 millones de pesetas, en consideración a los sufrimientos físicos y psíquicos que la misma padece.
Europa Press, 28.07.01.


RESUMEN DE PRENSA (ADS nº 73 JUNIO 2001)

La pertenencia a asociaciones profesionales no puede sustituir a la colegiación obligatoria
El Tribunal Supremo ha dictaminado que la pertenencia a asociaciones de carácter profesional no puede sustituir a la colegiación obligatoria al estudiar el caso de un fisioterapeuta que solicitó la baja en el Colegio Oficial de Diplomados de Enfermería alegando que ya pertenecía a la Asociación Española de Fisioterapeutas. El alto tribunal reitera su doctrina sobre la colegiación obligatoria al indicar que es preceptiva la colegiación
del fisioterapeuta pues, al no existir el Colegio Oficial de Fisioterapeutas, su pertenencia al de Diplomados en Enfermería cumple con la obligación de colegiación que tiene todo profesional, aún en el supuesto de que sirva como funcionario de la Administración pública.
EL DERECHO, 30.05.2001.

Las concentraciones eventuales de personas no justifican autorizaciones de farmacias
El Tribunal Superior de Justicia de la Rioja ha estimado un recurso promovido por el Colegio Oficial de Farmacéuticos de dicha Comunidad Autónoma contra un acuerdo de la Consejería de Salud por el que se autorizó la apertura de una farmacia en un centro comercial basándose en la existencia en el mismo de una concentración temporal de personas. El tribunal manifiesta que el concepto de “concentración de personal” debe interpretarse en el sentido de población estacional, es decir, que es imprescindible el requisito de pernocta, el cual no se daba en el caso de autos.
DIARIO DE LAS AUDIENCIAS Y LOS TSJ, 18.05.2001.

Navarra regulará la información clínica
Convergencia de Demócratas de Navarra (CDN) ha elaborado una proposición de ley foral sobre los derechos del paciente al testamento vital, a la información y a la documentación clínica, ya que, según ha explicado el presidente de dicha formación, Juan Cruz Alli, es un asunto que "falta" en el Sistema Sanitario Navarro. 

ADS, 27.04.2001


El Congreso pide al Ministerio un plan de calidad para todo el SNS 
El Congreso de los Diputados aprobó ayer una proposición no de ley que insta al Ministerio de Sanidad a implantar un plan de calidad en el SNS. La medida debería incluir estándares sobre los procesos de autorización, la buena práctica médica, los indicadores de calidad y programas de acreditación. El PP añadió una enmienda de CiU para precisar que sólo habrá planes de acreditación en las autonomías que no tienen programas. 
Diario Médico, 17.05.2001

Más del 85% del personal sanitario incumple medidas de higiene
Más del 85 por ciento del personal sanitario español no cumple las medidas establecidas en materia de higiene, lo que constituye la causa principal de que cerca de 80.000 pacientes sufran cada año infecciones originadas en los centros médicos, según datos presentados hoy por el director del Instituto Universitario de Evaluación Sanitaria, Simón Martín. Martín participó en la I Reunión Nacional sobre "Infección quirúrgica como indicador de calidad", organizada por la Facultad de Ciencias Experimentales y Téncnicas de la Universidad de San Pablo-CEU, en la que se repasó la situación actual del sistema sanitario europeo.
Europa Press, 22.05.2001

Anulado el decreto de hemodonación y hemoterapia de Galicia
El Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha anulado el decreto sobre regulación de la hemodonación y hemoterapia en la Comunidad Autónoma de 1997 tras declarar que es de carácter ejecutivo y no organizativo, como afirmaba el Sergas. 
Diario Médico, 23.05.2001

Philip Morris, condenada a pagar 3.000 millones de dólares 
En una de las sentencias más duras contra la industria tabacalera de EEUU, un jurado de Los Angeles condenó ayer a Philip Morris a pagar 3.000 millones de dólares (585.000 millones de pesetas) a un enfermo terminal de cáncer. El veredicto estima que el principal fabricante de cigarrillos del país es culpable del estado de salud de Richard Boeken, de 56 años, que tiene los pulmones y parte del cerebro afectados por la metástasis. 
El Mundo, 11.06.2001

CESM pide al Defensor del Pueblo que solucione la contratación irregular en el SNS 
El secretario general de la Confederación Estatal de Sindicatos Médicos (CESM), Carlos Amaya, interpuso hoy una queja formal ante el Defensor del Pueblo por la que le solicita que "investigue, esclarezca y busque solución" a la precariedad en el puesto de trabajo y a la contratación irregular que afecta a los médicos dependientes del Sistema Nacional de Salud (SNS)".
Europa Press, 13.06.2001.

El Insalud presenta un calendario que pretende acabar con la interinidad
Las organizaciones sindicales y la Administración se reunirán los días 14, 18, 21 y 26 de junio y 2 de julio para perfilar el documento "Análisis de la temporalidad en el Insalud", presentado hace unos días por el Insalud, con la intención de llegar a un acuerdo que acabe con el problema de la interinidad. 
ADS, 14.06.2001

La Consejería andaluza de Salud convoca 8.126 plazas de personal sanitario
El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía ha aprobado el Decreto de Selección de Personal y Provisión de Plazas en el Servicio Andaluz de Salud, una norma adaptada a la nueva ley estatal y que permite desbloquear las ofertas públicas de empleo paralizadas por este motivo, concretamente las de los años 1997, 1998 y 1999, con un total de 7.385 plazas. 
ADS, 13.06.2001

El PP estudiará devolver la justicia gratuita al personal estatutario 
El PP está analizando ya la propuesta de los abogados de la Liga Norte para introducir una reforma legal que exima a los médicos estatutarios de depósitos y costas en los juicios contra la Administración, es decir, recuperar el beneficio del que gozan sus colegas con contrato laboral.
Diario Médico, 15.01.2001

Préstamos para inversiones en servicios sanitarios en Cataluña 
La Presidencia de la Generalidad de Cataluña ha publicado una orden relativa al establecimiento de normas para la solicitud de avales y préstamos directos para financiar inversiones en materia de servicios sanitarios. 
ADS, 08.06.01

Cataluña promulga una ley que reduce el intervencionismo en las fundaciones 
La Generalitat de Cataluña ha publicado una ley que introduce importantes novedades en la gestión de las fundaciones. La configuración de una norma poco intervencionista es objetivo declarado de la ley y se muestra en algunas de sus novedades más destacables, como son la reducción de los supuestos de autorizaciones previas del Protectorado; la supresión de la obligatoriedad de presentar el presupuesto del año en curso o la posibilidad de que las fundaciones puedan constituirse con una previsión de temporalidad y que puedan constituir fondos especiales.
ADS, 07.06.01.


RESUMEN DE PRENSA (ADS nº 72 MAYO 2001)

Condenado un hospital por no explicar bien el riesgo de una operación
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha dictado una sentencia singular en la que condena a la Generalitat de Cataluña a indemnizar con dos millones de pesetas a una mujer que no fue informada de manera clara del riesgo de quedar embaraza a pesar de someterse a una ligadura de trompas en el hospital Vall d'Hebron de Barcelona. 
EL PAÍS, 22 de mayo de 2001.

El Parlamento balear reclama por unanimidad el uso terapéutico del cannabis 
El Parlamento balear ha aprobado por unanimidad en sesión plenaria una proposición no de ley, presentada por el PSOE, mediante la cual la Cámara legislativa insta al Gobierno central a autorizar el uso terapéutico del cannabis. La propuesta fue defendida por la diputada socialista Francina Armengol, quien ha aludido a las "evidencias científicas y clínicas probadas sobre las posibilidades médicas" de la marihuana.
EFE. 22 de mayo del 2001.
Dos sentencias condenan al SVS por omitir pruebas diagnósticas
No hacer las pruebas diagnósticas necesarias para llegar a un diagnóstico acertado motiva la responsabilidad de la Administración. Así lo ha entendido el Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 1 de Vitoria en dos sentencias que acaba de dictar. En ambas condena al Servicio Vasco de Salud (SVS) por "falta de diligencia", al no realizar las pruebas necesarias para descartar un proceso tumoral cuando éste sí existía.
DIARIO MÉDICO, 26 de abril del 2001.

Anulado el parte del decreto navarro sobre elección de especialista
La Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha anulado las disposiciones adicionales primera, segunda, tercera, cuarta, quinta y sexta del Decreto Foral 241/1998, de 3 de agosto, sobre atención y seguimiento personalizado en la asistencia sanitaria especializada y elección de médico especialista por los médicos de atención primaria del Servicio Navarro de Salud.
DIARIO MÉDICO, 26.04.2001.

El hospital responde del daño que cause el instrumental médico
Un fallo del Juzgado de primera instancia número 2 de Tolosa ha condenado a una clínica privada por responsabilidad objetiva en la rotura de un trozo de una pinza quirúrgica que, al introducirse en la rodilla de una paciente durante una intervención de artroscopia, motivó una segunda intervención que cortó el nervio safeno.
DIARIO MÉDICO, 7 de mayo del 2001.

El anestesista acusado de contagio masivo de VHC en Valencia será procesado 
Una fianza que hará historia en los casos de responsabilidad médica, 4.300 millones de pesetas, es la cantidad que el juez de Valencia exige al anestesista Juan Maeso por el contagio masivo de 268 pacientes en varios centros sanitarios de esa ciudad. El juez ha decidido procesar al médico, e impone también fianzas a la Casa de la Salud -de 32 millones de pesetas-, y a la aseguradora -de 16 millones de pesetas-. 
www.actualderechosanitario.com, 10 de mayo del 2001.

Un grupo de expertos revisará los prospectos de los medicamentos 
Ayer se constituyó en Madrid un Comité de Lectura de Prospectos de los Medicamentos cuya actividad principal consistirá en revisar los prospectos de los medicamentos de mayor incidencia en la salud de la población. El Comité basará su actuación en el test de legibilidad recogido en la Circular 2/2000 de la Agencia Española del Medicamento. La creación del Comité es una iniciativa conjunta de la Agencia Española del Medicamento (AEM) y de la Asociación Española de Derecho Farmacéutico (ASEDEF). Entre los expertos que formarán parte del Comité destacan miembros de la AEM como José Félix Olalla y Eulalia Beléndez, subdirector de Medicamentos de Uso Humano y jefa del Servicio de Información y Prospectos respectivamente, representantes del sector farmacéutico como Gilbert Credí (Celltech) y Guillermo Sada (Cantabria), de la Organización de Consumidores y Usuarios (Ana Sánchez), del Colegio de Farmacéuticos de Madrid (Julio Mateo, Pilar Núñez) y el presidente de ASEDEF, Manuel Amarilla.
www.actualderechosanitario.com, 10.05.2001.

La Ley de Salud de Aragón también regulará los derechos de información del paciente 
La futura Ley de Salud de Aragón regulará los derechos de información del paciente, sumándose de este modo a las iniciativas legislativas surgidas en los últimos meses en distintas autonomías con el objeto de concretar los derechos del paciente en un ámbito que está pasando de una situación de negligencia reguladora a adquirir la relevancia que merece.
www.actualderechosanitario.com, 25.02.2001.

Bruselas no multará a Glaxo por el doble precio de sus medicamentos
La Comisión Europea ha prohibido el sistema de 'doble precio' de los medicamentos que la farmacéutica GlaxoSmithKline aplicaba en España para evitar las llamadas "exportaciones paralelas", por considerar que vulnera el derecho comunitario de la competencia. A pesar de su resolución, la Comisión Europea no multará a Glaxo teniendo en cuenta que fue un procedimiento iniciado voluntariamente a iniciativa de la compañía farmacéutica. En otros casos en que el organismo comunitario ha intervenido de oficio o a instancias de terceros, las multas han sido de varios cientos de millones de pesetas.
www.actualderechosanitario.com, 10.5.2001.


RESUMEN DE PRENSA (ADS nº 71 ABRIL 2001)

EL MIR debe estar supervisado por el tutor en un parto complicado
Una sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número uno de Vitoria ha entendido que el residente debe estar supervisado por su tutor en los partos que tengan complicaciones, condenando al Servicio Vasco de Salud (SVS) por entender negligente la ausencia del médico adjunto de referencia. El motivo fue la asistencia de una MIR en un parto con distocia de hombros que causó una parálisis braquial al bebé.
DIARIO MEDICO de 26 de febrero de 2001.

Condena a Iberdrola por daños producidos por campos electromagnéticos
La Audiencia de Murcia ha condenado a la empresa Iberdrola a que tome las medidas precisas para impedir que los campos electromagnéticos que genera un transformador en los bajos de un edificio invadan el domicilio de los demandantes, ubicado en el mismo edificio. Subsidiariamente, la sentencia exige que se indemnice con una vivienda similar. Y deberá pagar 600.000 pesetas por los perjuicios causados.
EL PAIS de 5 de marzo de 2001.

Anulación judicial de resoluciones de Colegios Farmacéuticos
El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha estimado un recurso interpuesto por varias farmacéuticas contra un acuerdo del Colegio Oficial de Farmacéuticos de Cantabria que les denegó la autorización solicitada para la apertura de una nueva oficina de farmacia. El tribunal entiende que debe prevalecer el principio pro apertura que garantiza un mejor servicio al ciudadano, frente a criterios como la concentración o dispersión de los habitantes de la población, a la hora de conceder o denegar las autorizaciones de apertura.
ACTUALIDAD JURIDICA ARANZADI de 8 de marzo de 2001.

Incidencia de la nueva LEC en materia de salud
La entrada en vigor de la nueva Ley de Enjuiciamiento Civil ha introducido una importante competencia de la jurisdicción contencioso-administrativa en materia de salud: la autorización o ratificación judicial de las medidas que las autoridades sanitarias consideren urgentes y necesarias para la salud pública e impliquen privación o restricción de la libertad o de otro derecho fundamental (disposición final decimocuarta, apartado 1º). 

José María Alvarez-Cienfuegos, magistrado del Tribunal Supremo y miembro del Consejo Asesor de Actualidad del Derecho Sanitario ha expresado su opinión sobre esta nueva competencia en un artículo publicado en Actualidad Jurídica Aranzadi refiriéndose a las lagunas que el legislador ha provocado con la introducción del expresado texto normativo. Se planteará inmediatamente la necesidad de distinguir entre autorización y ratificación, si la decisión administrativa debe ser motivada expresamente, si deberá oírse previamente al afectado, etc. 

La importancia de la cuestión radica en que la adopción de medidas por parte de las administraciones públicas cuando así lo exijan razones sanitarias de urgencia o necesidad, implicará la práctica de reconocimientos, tratamientos, hospitalizaciones o controles cuando se aprecien indicios racionales que permitan suponer la existencia de peligro para la salud de la población debido a la situación sanitaria concreta de una persona o grupo de personas o por las condiciones sanitarias en que se desarrolle una actividad, por ejemplo con el fin de controlar enfermedades transmisibles. 

Esto supone la posibilidad de proceder al internamiento involuntario de determinados enfermos, la limitación de su capacidad ambulatoria impidiendo el acceso o la salida de determinadas áreas, la imposición de tratamientos obligatorios, la necesidad de conocer datos personales de quienes se vean afectados por enfermedades susceptibles de causar epidemias, etc. Los múltiples problemas que plantea la articulación procesal de la nueva competencia atribuida a la jurisdicción contenciosa inclinan al autor del artículo a considerar incluso aconsejable una reforma de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
ACTUALIDAD JURIDICA ARANZADI de 22 de marzo de 2001.

EEUU, contra la clonación humana
El Gobierno de los Estados Unidos ha manifestado su deseo de criminalizar los experimentos cuyo fin sea la clonación humana. Parece que la Administración Bush procederá en breve a la prohibición de estos experimentos. A su vez, la Administración Federal de Alimentos y Medicamentos ha recordado que cualquier experimento de clonación humana necesita su permiso y todas las peticiones de esta naturaleza van a ser denegadas. Mientras, el Supremo insiste en que los norteamericanos tienen derecho a decidir sobre su reproducción sin interferencia gubernamental.
ABC de 30 de marzo de 2001.

Asistencia sanitaria pública para niños saharauis
El Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares ha ratificado una sentencia en la que se confirma el derecho de los menores saharauis a ser incluidos en la tarjeta sanitaria de quienes les acojan en España, pues, aunque no tengan en sentido estricto la condición de acogidos de hecho en los términos previstos en el artículo 173 del Código Civil, se produce una situación asimilada al estar acogidos temporalmente por razones humanitarias.
ACTUALIDAD JURIDICA ARANZADI de 29 de marzo de 2001.

Un fallo condena por imprudencia grave en un acto anestésico letal
La Audiencia Provincial de Barcelona ha condenado a una médico por imprudencia profesional grave al cometer un error en el suministro de oxígeno a una paciente recién intervenida, provocándole una braquicardia que acabó en muerte. El fallo ha impuesto 18 meses de prisión y eleva la inhabilitación profesional a 3 años y medio porque la médico -que trabajaba en el sector privado- carecía del título de especialista.
DIARIO MEDICO de 2 de abril de 2001.


RESUMEN DE PRENSA (ADS nº 70 MARZO 2001)

Libre circulación de dentistas
El Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas ha dictaminado que una normativa nacional que obliga a los dentistas a residir en un Estado miembro de la Unión Europea para poder ejercer en el mismo, es contraria al Derecho comunitario porque constituye una restricción a la libertad de establecimiento y a la libre circulación de trabajadores. Igualmente es contraria al Derecho comunitario la obligación de cancelar la colegiación en caso de traslado de reisdencia a otro Estado miembro. 
ADS, 8 de febrero de 2001.

El MIR debe estar supervisado 
por el tutor en un parto complicado

Una sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número uno de Vitoria ha entendido que el residente debe estar supervisado por su tutor en los partos que tengan complicaciones, y ha condenado al Servicio Vasco de Salud (SVS) por entender negligente la ausencia del médico adjunto de referencia. El motivo fue la asistencia de una MIR en un parto con distocia de hombros que causó una parálisis braquial al bebé. 
Diario Médico, 26.02.2001.

En caso de huelga en AP se puede 
suspender el contrato de refuerzo

El Juzgado de lo Social número 2 de Salamanca ha dictado una sentencia por la que reconoce que en caso de huelga de médicos de atención primaria se puede suspender el contrato de refuerzo. El fallo señala que la finalidad de la suspensión es que no se vulnere la prohibición recogida en la ley, que impide sustituir a los huelguistas por trabajadores que no estuvieran vinculados a la empresa al tiempo de ser comunicada ésta. 
Diario Médico, 8.03.2001.

Fallece el `padre´ Gafo, 
pionero de la Bioética médica

El profesor Gafo, catedrático de Bioética de la Pontificia Comillas y miembro de la Comisión Nacional de Reproducción Asistida, falleció en Madrid el día 6 a causa de un linfoma. Francisco Gafo Fernández, una de las autoridades españolas en bioética, nacido en Madrid el 31 de julio de 1936, ingresó en la Compañía de Jesús el 26.09.1995, ordenándose sacerdote en 1968. Licenciado en Biología y Filosofía, y doctor en Teología por la Gregoriana de Roma, fue profesor de la Pontificia desde 1976, donde ocupaba la cátedra de bioética y dirigía el máster en esta especialidad. 
ABC, 8.de marzo de.2001.

El TSJ de Extremadura anula el decreto 
de las sustituciones de la sanidad local

El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura ha anulado el decreto de la Junta de 1997 que regula las interinidades y las sustituciones de puestos de trabajo de las escalas Facultativa y Técnica Sanitaria de la Sanidad Local, al entender que se trata de un decreto que debe pasar antes de su aprobación por el Consejo de Estado para recibir el dictamen correspondiente. El Periódico de Extremadura, 11 de marzo de 2001. Valencia ultima su modelo de carrera profesional La Consejería de Sanidad de Valencia está ultimando su modelo de carrera profesional, que incluirá en la Ley de Ordenación Sanitaria, siguiendo los pasos de Murcia y Navarra. La carrera ligará los ascensos a tres criterios: la experiencia, los méritos profesionales (formación, docencia e investigación) y el cumplimiento de objetivos. 
Diario Médico, 12 de marzo de 2001.

Condena por un error en la 
dosis de una fórmula magistral 

La Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a una compañía aseguradora de un farmacéutico a indemnizar a un paciente con más de un millón de pesetas por los daños sufridos como consecuencia de un error en la elaboración de una fórmula magistral.
Diario Médico, 13 de marzo de 2001.

Una juez absuelve a Altadis de 
una muerte por cáncer de pulmón

Tercera sentencia por tabaquismo en España. Una juez de Barcelona ha rechazado la demanda que los familiares de un hombre que falleció como consecuencia de un cáncer de pulmón presentaron contra Altadis, la antigua Tabacalera. La juez entiende que no se ha demostrado una relación directa y exclusiva entre el hábito de fumar y la enfermedad, y precisa que el cáncer pudo contraerse por otros motivos. 
El País, 15 de marzo de 2001.

El ATS de refuerzo cobra lo mismo 
si trabaja días distintos del fin de semana

El Tribunal Supremo ha rechazado la reclamación planteada por una ATS/DUE de refuerzo que reclamaba diferencias retributivas por trabajos realizados en días fuera del fin de semana. La sentencia aclara que los acuerdos de 1990 y 1992 que previeron la creación de refuerzos para fines de semana y festivos, no tenían por función la de reforzar el servicio únicamente esos días de la semana sino que su objeto esencial era evitar la realización de una jornada excesivamente prolongada por parte de los médicos fijos; por ello, se estableció un diferente régimen retributivo que es también el que debe aplicarse al personal de refuerzo que trabaje de lunes a viernes. 
ADS, 19 de marzo de 2001.

El Senado da luz verde a la regulación de los derechos de información del paciente
El Senado ha aprobado por unanimidad la toma en consideración de una proposición de ley presentada por todos los grupos parlamentarios para regular en España los derechos de información del paciente. La proposición se refiere al contenido de los documentos fundamentales de la información clínica, como la historia y el consentimiento, y se prevé la posibilidad de que el paciente suscriba un `documento de voluntades anticipadas´, más conocido como `testamento vital´. El texto de referencia para esta proposición de ley que tendrá aplicación en toda España es el aprobado a finales del año pasado en la comunidad autónoma de Cataluña, (veáse ADS nº 68, pág. 62), pues los contenidos de uno y otro guardan importante semejanza. Se afirma el derecho del paciente a tener acceso a todos los datos sobre su salud que consten en la historia clínica, que además deberá conservarse durante veinte años como mínimo a contar desde la muerte del paciente. La única excepción a este derecho de acceso vendría constituida por el correlativo derecho de los facultativos a invocar la reserva de sus observaciones, apreciaciones o anotaciones subjetivas en la historia clínica del paciente. En relación al consentimiento informado el texto señala que tendrá que realizarse por escrito en los casos de intervenciones quirúrgicas, procedimientos diagnósticos invasivos y, en general, cuando se llevan a cabo procedimientos que suponen riesgos e inconvenientes notorios y previsibles susceptibles de repercutir en la salud del paciente.
Europa Press, 22 de marzo de 2001. 

El Congreso rechaza la 
despenalización de la eutanasia

El Congreso de los Diputados ha rechazado dos proposiciones de ley presentadas por Izquierda Unida y el Grupo Mixto respectivamente en las que solicitaban la despenalización de la eutanasia activa bajo ciertos presupuestos, como son la existencia de graves padecimientos físicos o psíquicos permanentes difíciles de soportar, o que exista una voluntad expresa solicitada al menos dos veces ante el médico correspondiente, informa Europa Press. Mientras PSOE y PNV han optado por la abstención, si bien han señalado su intención de resucitar la comisión de estudio sobre la despenalización de la eutanasia, PP y CIU han votado en contra apelando a diversas resoluciones del Tribunal Constitucional y citas de conocidos filósofos, el Partido Popular, y a la necesidad de potenciar los cuidados paliativos.
Europa Press, 22 de marzo de 2001. 

El Consejo de Europa refuerza las medidas 
de seguridad en el consumo de fármacos 

El Consejo de Europa ha aprobado un paquete de medidas destinadas a reforzar la seguridad en el uso de medicamentos. El objetivo de la resolución es evitar los errores de prescripción, los problemas de la automedicación, la disponibilidad de medicamentos a través de internet y los medicamentos falsos. 
Diario Médico, 23 de marzo de 2001. 


RESUMEN DE PRENSA (ADS nº 69 FEBRERO 2001)


Bayer podrá limitar suministros a mayoristas

La poderosa empresa farmacéutica Bayer ha obtenido una sentencia favorable en el contencioso que mantiene con la Comisión Europea por limitar sus volúmenes de ventas del fármaco Adalat a empresas mayoristas. El Tribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas (TPICE) ha señalado que la Comisión no ha probado suficientemente que Bayer estuviese poniendo trabas a la exportación, lo cual sería contrario a los tratados comunitarios. El tribunal señala que aun cuando obstaculizar las importaciones paralelas, que es el objetivo de Bayer al limitar las ventas a mayoristas, pueda dar lugar a restricciones de competencia y afectar a los intercambios entre Estados miembros, una conducta de este tipo puede ser inatacable desde el punto de vista del derecho comunitario de la competencia. Es fundamental en este pronunciamiento el hecho de que Bayer en ningún momento ha condicionado sus ventas de fármacos a los mayoristas a la obligación de no exportarlos a otros Estados miembros para beneficiarse de la `importación paralela´. La alegación de la Comisión de que el mercado de las importaciones paralelas producirá a largo plazo una armonización del precio de los medicamentos en la Unión Europea también es rechazada por carecer totalmente de elementos de apoyo (sentencia del TPICE de 26 de octubre de 2000, Asunto T-41/96).
Cápsulas nº 37, publicación de FAUS&MOLINER ABOGADOS.

Un juez admite que se controle con cámaras a los facultativos
El Juzgado de lo Penal nº 3 de Barcelona ha dictado una sentencia en la que admite la legalidad de la decisión empresarial del equipo de dirección de la clínica Platón de utilizar cámaras ocultas en los quirófanos para controlar al personal sanitario que trabaja en los mismos. La sentencia admite la colocación de las cámaras porque es una de las atribuciones de control de carácter laboral que tiene a su alcance el empresario. No obstante, recuerda que los pacientes sí tienen derecho a oponerse a este tipo de filmaciones ordenadas por la empresa, aunque en el caso de autos no se haya opuesto ninguno. En todo caso, la mala calidad de las cintas grabadas ha evitado la condena a un cirujano y un ATS acusados de destrozos en el material médico de la clínica.
Noticiario Jurídico Aránzadi, 21 de diciembre de 2000.

Supremo: retener el 20% en actividades profesionales es ilegal
El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en la que declara nulo el párrafo primero, apartado 1, del artículo 88 del Real Decreto 214/1999, de 5 de febrero, que fija las retenciones en el Impuesto sobre la Renta por actividades profesionales en el 20% de los ingresos íntegros. De este modo, el tribunal confirma sus sentencias de 19 de mayo y 14 de julio de 2000, en las que ya se había pronunciado en el mismo sentido.
El Derecho, 11 de diciembre de 2000.

El Insalud no puede ser condenado en costas salvo si existe mala fe
El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en la que reitera su doctrina relativa a que las entidades gestoras de la Seguridad Social quedan excluidas, en situaciones de normalidad de la imposición de costas. Sin embargo, advierte que ello no obsta para que, en caso de apreciarse mala fe o temeridad notoria, sí puedan imponerse.
El Derecho, de 15 de febrero de 2001.

Confirmada la condena a directivos del SVS por falsificación de examenes
El exdirector general del Servicio Vasco de Salud y otras cuatro personas han sido condenadas por la masiva falsificación de exámenes de las oposiciones de 1990 convocadas por este organismo autónomo. El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia de la Audiencia de Alava, destacando que la adulteración del proceso de selección por los propios servidores públicos que lo convocaron y controlaron representa un gravísimo cumplimiento de sus deberes, despreciando los valores constitucionales de mérito y capacidad con los que los ciudadanos tienen derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos.
Noticiario Jurídico Aranzadi, 15.02.2001.

Amarilla: “El Código Civil es la norma idónea para daños por fármacos”
El presidente de la Asociación Española de Derecho Farmacéutico, Manuel Amarilla, escribe en Diario Médico que “los daños y perjuicios (incluidos los morales) originados por los fármacos y por la acción u omisión de la información terapéutica deben regirse únicamente por nuestro Código Civil, como casos de responsabilidad contractual del artículo 1.101. El abogado rechaza de esta forma la calificación jurídica del medicamento como producto a efectos de su inclusión en la legislación de consumidores y usuarios. “Los daños ocasionados por el defecto del fármaco en sí como producto pueden seguir rigiéndose por la responsabilidad extracontractual del artículo 1.902 del Código Civil (...)”, aclara el jurista, quien también destaca que “esta materia de la responsabilidad civil terapéutica nunca debió salir del Código Civil”.
Diario Médico, 16.02.2001.


RESUMEN DE PRENSA (ADS nº 68 ENERO 2001)


Bayer podrá limitar suministros a mayoristas
La poderosa empresa farmacéutica Bayer ha obtenido una sentencia favorable en el contencioso que mantiene con la Comisión Europea por limitar sus volúmenes de ventas del fármaco Adalat a empresas mayoristas. El Tribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas (TPICE) ha señalado que la Comisión no ha probado suficientemente que Bayer estuviese poniendo trabas a la exportación, lo cual sería contrario a los tratados comunitarios. El tribunal señala que aun cuando obstaculizar las importaciones paralelas, que es el objetivo de Bayer al limitar las ventas a mayoristas, pueda dar lugar a restricciones de competencia y afectar a los intercambios entre Estados miembros, una conducta de este tipo puede ser inatacable desde el punto de vista del Derecho Comunitario de la Competencia. Es fundamental en este pronunciamiento el hecho de que Bayer en ningún momento ha condicionado sus ventas de fármacos a los mayoristas a la obligación de no exportarlos a otros Estados miembros para beneficiarse de la `importación paralela´. La alegación de la Comisión de que el mercado de las importaciones paralelas producirá a largo plazo una armonización del precio de los medicamentos en la Unión Europea también es rechazada por carecer totalmente de elementos de apoyo (sentencia del TPICE de 26 de octubre de 2000, Asunto T-41/96).
CAPSULAS Nº 37, FAUS&MOLINER ABOGADOS.

El SVS, obligado a pagar el específico anterior a 1998
La Administración está obligada a pagar el complemente específico a los facultativos que hayan ejercido en exclusiva para la sanidad pública entre 1987 y 1997, sin que estos estén obligados a solicitarlo previamente. Así lo ha declarado el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco al señalar que, antes del 1 de enero de 1998, el complemento específico no era renunciable y venía vinculado al puesto de trabajo, por lo que el médico tenía derecho a recibirlo por el mero hecho de estar encadenado al puesto, sin estar obligado a solicitarlo.
DIARIO MEDICO de 1 de diciembre de 2000.

Supremo: retener el 20% en actividades profesionales es ilegal
El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en la que declara nulo el párrafo primero, apartado 1, del artículo 88 del Real Decreto 214/1999, de 5 de febrero, que fija las retenciones en el Impuesto sobre la Renta por actividades profesionales en el 20% de los ingresos íntegros. De este modo, el tribunal confirma sus sentencias de 19 de mayo y 14 de julio de 2000, en las que ya se había pronunciado en el mismo sentido.
EL DERECHO de 11 de diciembre de 2000.

Cotizaciones a la SS del personal de refuerzo
Un juez de Gijón ha dictaminado que el personal de refuerzo que contratan las instituciones sanitarias debe estar dado de alta en la Seguridad Social durante todo el periodo que dure la relación laboral y no sólo por los días en que dicho personal acuda realmente a trabajar. De este modo puede darse el primer paso para que los refuerzos de primaria consigan una de sus principales reivindicaciones, cotizar a la Seguridad Social todo el tiempo que dura su contrato y no sólo los fines de semana que trabajan en los centros de salud.
DIARIO MEDICO de 13 de diciembre de 2000.

Un estudio cuestiona la validez del consentimiento en experimentos con bebés
Según un estudio realizado por expertos norteamericanos y publicado en la revista `The Lancet´, el consentimiento informado prestado por las padres en investigaciones con bebés está frecuentemente viciado. El estudio se centra en los datos obtenidos en nueve países europeos. Los expertos realizaron entrevistas a padres de 200 bebés, a los que se pidió consentimiento para experimentos neonatales, y a 107 neonatólogos que pidieron el consentimiento. Éstos observaron que 59 de los 200 padres habían dado su consentimiento válido o su renuncia, pero el resto (70 por ciento) tuvieron problemas en una o más de las facetas de este consentimiento (42 con la competencia, 43 con la información, 44 con el entendimiento y 21 con la voluntariedad).Las proporciones de la invalidación de este consentimiento eran mayores en casos de emergencias y en las asociadas con el riesgo más que en los tratamientos estándar.
EUROPA PRESS, 14 de diciembre de 2000.

El gerente puede nombrar y destituir cargos intermedios
Una sentencia del Tribunal Supremo ha establecido que los gerentes de hospitales del Servicio Andaluz de Salud pueden nombrar y cesar discrecionalmente a los cargos intermedios. El tribunal admite la legalidad del cese discrecional en su puesto de un celador jefe porque así lo establece la Orden de 17 de julio de 1992 de la Consejería de Salud y Servicios Sociales de la Junta de Andalucía. Además recuerda que el personal estatutario no se beneficia del principio del respeto a la condición más beneficiosa, ni adquiere derecho al desempeño de unas funciones por su ejercicio continuado.
EL DERECHO de 20 de diciembre de 2000.

Un juez admite que se controle con cámaras a los facultativos
El Juzgado de lo Penal nº 3 de Barcelona ha dictado una sentencia en la que admite la legalidad de la decisión empresarial del equipo de dirección de la clínica Platón de utilizar cámaras ocultas en los quirófanos para controlar al personal sanitario que trabaja en los mismos. La sentencia admite la colocación de las cámaras porque es una de las atribuciones de control de carácter laboral que tiene a su alcance el empresario. No obstante, recuerda que los pacientes sí tienen derecho a oponerse a este tipo de filmaciones ordenadas por la empresa, aunque en el caso de autos no se haya opuesto ninguno. En todo caso, la mala calidad de las cintas grabadas ha evitado la condena a un cirujano y un ATS acusados de destrozos en el material médico de la clínica.
NOTICIARIO JURIDICO ARANZADI de 21 de diciembre de 2000.

Descanso compensatorio por trabajo en fiesta intersemanal
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha rechazado un recurso planteado por trabajadores de establecimientos sanitarios que reclamaban que el trabajo en fiestas entre semana redujese la jornada máxima anual prevista en el Convenio Colectivo de trabajo del sector de establecimientos sanitarios de hospitalización, asistencia, consulta y laboratorios clínicos. El tribunal entiende que la solicitud planteada debe rechazarse porque su aceptación comportaría una acumulación de beneficios; por un lado, el incremento retributivo -o, en su caso, otro día de fiesta-, y, por otro, el de descanso compensatorio, que ya disfrutan los trabajadores al reducirse las jornadas que exceden del máximo previsto en el citado convenio.
EL DERECHO de 22 de diciembre de 2000.

Nueva regulación de condiciones de trabajo del personal de Osakidetza
El Gobierno Vasco y los sindicatos han firmado el Acuerdo de Regulación de Condiciones de Trabajo del Personal de Osakidetza, fruto de la negociación y el diálogo entre las partes. El acuerdo recoge una serie de mejoras entre la que destaca la aplicación de la jornada anual de 1.592 horas para el año 2001. La firma tiene una especial relevancia por cuanto sucede dos años después de que la regulación de las condiciones de trabajo se fijaran mediante decreto. En este sentido, la reducción de la jornada anual pactada va a tener para el sector sanitario público un impacto que queda cuantificado en la creación de 702 nuevos puestos de trabajo, más la contratación equivalente de otras 118 personas, con una especial incidencia en grupos profesionales vinculados a la atención más directa a la ciudadanía (188 puestos de facultativos, 349 de otro personal sanitario y 69 de personal administrativo de atención directa a los usuarios). El incremento de costes derivado de esta creación de empleo se ha estimado en 4.375 millones de pesetas. Quedan además establecidos compromisos explícitos de tanta entidad como la convocatoria de 2.800 puestos en dos ofertas públicas de empleo, la primera con 1.600 puestos y la segunda con 1.200. Otros apartados destacables del acuerdo son los relativos a la nueva regulación de la exención de guardias facultativas por motivos de edad; la inclusión en el mismo del personal con contratos de guardias; la equiparación de las condiciones de disfrute de licencias y permisos entre las uniones matrimoniales y las parejas de hecho; o el reconocimiento para el personal interino de un permiso especial equiparable a la excedencia.
EL MEDICO INTERACTIVO de 26 de diciembre de 2000.

Reclamaciones al Insalud en Asturias
Los asturianos reclamaron al Insalud el pago de 2.200 millones de pesetas por supuestos errores médicos cometidos durante el periodo 1998-1999. Así lo indica el último informe realizado por la Asesoría Jurídica de la Dirección Provincial del Insalud, en el que se señala que los contagios transfusionales de hepatitis, VIH y sida siguen situándose a la cabeza en el número de demandas judiciales. En el citado periodo, el Insalud asturiano ha tenido que afrontar un total de 130 procesos judiciales por supuestas negligencias sanitarias cometidas en hospitales y centros de salud de la red pública.
EL MEDICO INTERACTIVO de 4 de enero de 2001.

Protección de la intimidad en EEUU
Estados Unidos cuenta con una nueva normativa sobre la protección de la intimidad de las historias clínicas de los pacientes. La norma alcanza a las historias clínicas electrónicas, historias clínicas escritas y comunicaciones orales. Además tiene carácter de normativa básica federal por lo que es aplicable en todos los Estados.
DIARIO MEDICO de 4 de enero de 2001.

Nueva tasa de Sanidad para evaluar la seguridad de los medicamentos
La evaluación e informe científico a petición del interesado sobre la calidad, eficacia y seguridad de un medicamento de uso humano o veterinario durante las etapas de investigación y desarrollo del mismo, o para iniciar un procedimiento de reconocimiento mutuo será de 500.000 pesetas, según establece la Ley 14/2000 de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social. La ley ha publicado además nuevas tasas para los medicamentos que sean objeto de importación paralela (50.000 pesetas), los que sean fabricados en otros países y no registrados en España (20.000), así como para los certificados europeos de liberación de lote para vacunas y hemoderivados de uso humano cuando se requiere el análisis de un granel y de una especialidad farmacéutica (100.000 pesetas).
www.actualderechosanitario.com, 5 de enero de 2001.

La UE regula el trabajo de los MIR
La recién publicada Directiva 2000/34/CE del Parlamento Europeo, aprobada el pasado mes de mayo, ha establecido un plazo de tres años para que el Ministerio de Sanidad fije las disposiciones mínimas de seguridad, salud y tiempo de trabajo de los médicos en periodo de formación, o MIR. La norma europea asume los problemas que en la actualidad sufren los facultativos mientras se encuentran como residentes en los hospitales y dicta que han de fijarse "los periodos de descanso diario, de pausas, de descanso semanal, la duración máxima de trabajo semanal, las vacaciones anuales, los aspectos de nocturnidad, de los turnos y del ritmo del trabajo". Respecto a la jornada laboral máxima anual de los MIR, la directiva europea establece que durante los tres primeros años el número de horas semanales no debe superar en ningún caso una media de 58, durante los dos siguientes, de 56, un año después 52 y el último año se debe reducir hasta las 48 horas. Esta situación no puede exceder en el tiempo el 1 de agosto de 2012. Sanidad deberá iniciar la adaptación de la jornada laboral de los médicos en formación el 1 de agosto de 2004, sin posibilidad de demora justificada.
EL MEDICO INTERACTIVO de 9 de enero de 2001.

Las fundaciones tienen nuevas normas de control presupestario 
Las entidades públicas de servicios sanitarios creadas al amparo de la Ley 15/1997 -sobre nuevas fórmulas de gestión sanitaria- tienen mayores exigencias de control presupuestario tras la entrada en vigor de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el 2001. Las fundaciones y demás entidades de servicios sanitarios incluidas en la Ley 15/1997 no podrán minorar el presupuesto de capital o aumentar el presupuesto de explotación sin el informe favorable del Insalud. También debe emitir informe favorable el Ministerio de Hacienda cuando se prevean movimientos entre las partidas de personal y el resto de las partidas de gasto. Asimismo, la masa salarial del personal deberá proponerse anualmente, a través del Insalud, a la Dirección de Costes de Personal y Pensiones del Ministerio de Hacienda. Los conciertos de hospitalización, asistencia ambulatoria, servicios especiales de diagnóstico y tratamientos del Insalud con este tipo de entidades también requieren informe de la Dirección de Presupuestos de Hacienda. Por otra parte, el Insalud deberá informar semestralmente al Ministerio de Hacienda de los ingresos por los servicios que presten las entidades públicas reguladas por la Ley 15/1997.
www.actualderechosanitario.com, 01.01.2001.

Derivar incorrectamente a otro hospital es daño moral
Una sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha declarado que la derivación inadecuada de un paciente a otro centro sanitario da derecho por sí sola a una indemnización por daños morales. Los hechos estudiados corresponden a un paciente que fue atropellado por un vehículo. Inmediatamente se le trasladó a un hospital diagnosticándosele fractura de tibia y peroné derechos y fractura de dos dientes. Como quiera que el padre del paciente llevaba las dos piezas dentarias perdidas, se le derivó a otro hospital con servicio de cirugía maxilofacial. 
DIARIO MEDICO de 12 de enero de 2001.

Nuevo paso en Bélgica para legalizar la eutanasia
Las comisiones de Justicia y Asuntos Sociales del Senado belga aprobaron las condiciones en que la eutanasia será legal, después de un año y medio de discusiones y de estudiar más de 200 enmiendas. Será necesario una demanda voluntaria, expresa y reiterada.
ABC de 16 de enero de 2001.

Cesados directivos de emergencias por omisión de auxilio
Un ciudadano ha fallecido este mes en Sevilla tras sufrir un infarto a escasos metros de un centro de salud sin que el personal del mismo saliese a atenderle. El caso ha dado lugar a la destitución del coordinador del Servicio Especial de Urgencias de Sevilla y al jefe de Planificación de la Delegación Provincial de Salud.
EL PAIS de 16 de enero de 2001.

EEUU adopta medidas para prevenir riesgos en terapias genéticas
Las autoridades sanitarias de EE UU han creado unas nuevas normas que obligan a los médicos y a los centros de investigación a revelar los riesgos y posibles efectos secundarios de los experimentos con terapia genética. La normativa es la respuesta al escándalo desatado con el caso de Jesse Gelsinger, un joven que murió tras haber sido inoculado con un virus alterado genéticamente para corregir sus insuficiencias hepáticas. El virus era similar al que provoca catarros y gripes, pero había sido modificado para introducir en el organismo nuevos genes. Posteriormente se supo que los investigadores no comunicaron a las autoridades -ni al paciente- que el mismo tratamiento genético había provocado la muerte de dos monos en ensayos anteriores.
EL PAIS de 19 de enero de 2001.

Los lores británicos respaldan la clonación terapéútica
La Cámara británica de los Lores respaldó ayer por 212 votos a favor y 92 en contra la decisión adoptada en diciembre pasado por los Comunes de aprobar la clonación terapéutica de embriones humanos para obtener células madre con las cuales tratar enfermedades neurodegenerativas. 
EL PAIS de 23 de enero de 2001.

Los auxiliares de enfermería también ayudan al médico
No todas las labores de auxilio a los facultativos en las consultas externas han de ser desarrolladas por los ATS/DUE, sino que algunas de carácter instrumental o mecánico pueden desempeñarse por los auxiliares de enfermería. Así lo ha declarado el Tribunal Supremo al rechazar un recurso presentado por el sindicato de enfermería (Satse) contra la Consejería de Sanidad de la Conunidad Valenciana, en el que solicitaba el reconocimiento exclusivo de los enfermeros, enfermeras y ayudantes técnicos sanitarios a desempeñar la función de auxiliar a los facultativos en las consultas externas.
DIARIO MEDICO de 24 de enero de 2001.

 


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