SUMARIO MAYO  2012 / ADS Nº 193

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REPORTAJE

'La veracidad ante el error médico es un deber ético'
El experto Gonzalo Herranz, en las jornadas Deontológicas de la OMC


INFORME

Responsabilidad en Ginecología & Obstetricia: casos judiciales y tendencias doctrinales recientes (IV). Error diagnóstico y terapéutico en cáncer de mama
Iñigo Barreda, Director de ADS 



AUTO

CIVIL

El tratamiento ambulatorio forzoso es posible con la intervención del juez y el fiscal

 


SENTENCIAS



CIVIL

Prótesis 'PIP' / El defecto de producto no exime al cirujano de informar del riesgo de rotura


PENAL

Odontología / Prisión e inhabilitación para ejercer la profesión por delito de lesiones

 

CONTENCIOSO

Obstetricia / Responsabilidad por no anotar antecedente de riesgo en la historia clínica
La AN insiste en neutralizar la reclamación contra el Estado por daños farmacológicos
Daño neurológico / Tratamiento acorde con la lex artis en hospital sin UCI de neonatología



OTRAS SENTENCIAS

Mala praxis por recambio de prótesis injustificado
Condena por no informar de Síndrome de Down
Nulidad de concurso de farmacias por favorecer a desempleados
Nulidad de baremo por primar experiencia en autonomía
Régimen AMF-AT. Tope legal de pensiones públicas
TC-Rechazo al recurso contra recorte salarial de empleados públicos
TC-Discriminación por edad en el acceso a oficinas de farmacia
TJUE-Exención de autorización a medicamentos de precio menor

 


NORMATIVA


Modificación RDL 16/2012, más que una simple corrección de errores
UE - Avances en torno a la 'glasnot' informativa del medicamento
Galicia - Expediente personal electrónico de profesionales de salud
Galicia - Plan de Ordenación de Recursos Humanos del Sergas
Islas Baleares - Suprimen la productividad variable a estatutarios
Cataluña - Requisitos de laboratorio de salud ambiental y alimentaria
Castilla y León - Organización de la jornada ordinaria
La Rioja - Retribuciones del personal del Seris





LIBROS

Trato y tratamiento
Discapacidad, envejecimiento y dependencia


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REPORTAJE


''La veracidad ante el error médico es un deber ético' 

Los Colegios de Médicos provinciales son protagonistas de un intenso debate deontológico con motivo de la aparición del Código Deontológico de la Organización Médica Colegial en el 2011. La OMC impulsa su difusión a través de varias acciones: desarrolla una Guía Explicativa del Código, promueve sesiones informativas en los Colegios provinciales, y últimamente la iniciativa ¿Sabías qué?, emprendida por el Colegio de Médicos de Málaga. El mes de mayo ha sido particularmente activo por lo que a jornadas deontológicas se refiere. El Colegio de Médicos de Badajoz acogió las X Jornadas Nacionales de las Comisiones Deontológicas de los Colegios de Médicos, el de Cáceres celebra el II Curso de Deontología, Derecho y Salud, y el de Huesca ha organizado las II Jornadas sobre Aspectos Deontológicos del Ejercicio Médico. En las de Badajoz destacó la intervención en la clausura del experto en deontología médica Gonzalo Herranz, en la que subraya la necesidad de un cambio ético en la actitud con el paciente hacia la veracidad y el reconocimiento del error cuando éste se produzca. La veracidad es un deber deontológico que se opone a la opacidad o la ocultación de información, dice Herranz, quien recibió un cálido homenaje por su dedicación y destacada contribución a la deontología médica en España y en la OMC.

Gonzalo Herranz.  
REF. 57/12 (Para solicitar el texto íntegro pulse AQUÍ)

 

 

 

 

 

INFORME

'Responsabilidad en Ginecología & Obstetricia: casos judiciales y tendencias doctrinales recientes (IV). Error diagnóstico y terapéutico en cáncer de mama

En anteriores entregas de este informe se han revisado distintos perfiles de responsabilidad jurídica en la atención al parto (el error diagnóstico en la Parte I, el terapéutico y la omisión de medios en la Parte III) y por diagnosis prenatal errónea (Parte II). En esta cuarta entrega Iñigo Barreda -director de Actualidad del Derecho Sanitario- analiza la causalidad del error diagnóstico y el terapéutico en el abordaje del cáncer de mama a través de sentencias y comentarios publicados en ADS, y otra bibliografía consultada. Las listas de espera y la pasividad profesional para prescribir pruebas básicas ante signos de tumoración o nódulos mamarios destacan como las causas más frecuentes de reclamación.

Iñigo Barreda, Director de ADS
REF. 58/12 (Para solicitar el texto íntegro pulse AQUÍ)

 

 


AUTO

CIVIL

El tratamiento ambulatorio forzoso es posible con la intervención del juez y el fiscal

Javier Recarte. Una pieza de excelente construcción jurídica y aproximación al entramado normativo (nacional e internacional) de la atención médica forzosa al enfermo mental nos llega a la redacción de ADS desde el Juzgado de Primera Instancia de Gijón. La cuestión que aborda tiene relevancia jurídica de primer orden, pues incluso el Tribunal Constitucional ha debido pronunciarse sobre la medida excepcional del internamiento forzoso por afectar a derechos fundamentales de la persona (ver ADS nº 179/2011). Aunque el Auto de Gijón no se refiere al internamiento hospitalario forzoso, sino a un recurso intermedio menos coercitivo como el tratamiento ambulatorio involuntario (TAI), lo cierto es que aplica los requisitos legales del primer supuesto por ser equiparables en cuanto al objetivo que se pretende conseguir. El Auto se adentra en el complejo problema de la incapacidad jurídica y de obrar por discapacidad psíquica con trastorno conductual grave que implica riesgo para la integridad del paciente y de terceros, centrándose finalmente en la delicada situación que supone el TAI tanto para el afectado, como para la familia y el equipo asistencial. (...)
REF. 59/12 (Para solicitar el texto íntegro pulse AQUÍ)

 

SENTENCIAS

CIVIL

Prótesis 'PIP' / El defecto de producto no exime al cirujano de informar del riesgo de rotura

ADS. El Juzgado de Primera Instancia número 50 de Madrid ha condenado a un cirujano plástico y una clínica de estética de Madrid a indemnizar con 7.455 euros a una mujer por omitir información sobre el riesgo de rotura de prótesis. Se trata del primer caso judicial sobre prótesis PIP que se juzga en España, aunque no está relacionado con posibles deficiencias del producto, sino con la actuación profesional del cirujano por una intervención de mastopexia y posterior retoque y aumento al producirse una rotura capsular de la prótesis derecha, así como una rotación del implante izquierdo. La praxis profesional no es objeto de condena por la contradicción absoluta entre los peritos de las partes. Adicionalmente, la sentencia juzga la responsabilidad del cirujano y de la clínica por deficiente información a la paciente sobre el riesgo de rotura capsular, resultando condenatoria la resolución en este punto al rechazar los consentimientos informados aportados al proceso al ser genéricos. Con gran profusión de citas jurisprudenciales del Tribunal Supremo sobre la obligación de información en cirugía estética, el Juzgado expresa que el contenido del consentimiento informado debe ser exhaustivo y comprensivo de todos los riesgos típicos conocidos conforme al estado de la ciencia, con independencia de que la rotura del implante sea por un defecto del producto y no por la actuación médica. La carga de la prueba de la información juega contra el médico, dice la sentencia.
REF. 60/12 (Para solicitar el texto íntegro pulse AQUÍ)

PENAL

Odontología / Prisión e inhabilitación para ejercer la profesión por delito de lesiones

ADS. La Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado una condena a un odontólogo de un año de prisión e inhabilitación especial para ejercer la profesión durante dos años, más las costas procesales de la acusación, e indemnización de 33.550 euros más intereses legales, cantidad de la que deberá responder de forma solidaria con sus aseguradoras. Se condena al odontólogo como autor de un delito de lesiones imprudentes por daños causados como consecuencia del tratamiento odontológico innecesario e imprudente “faltando a las más elementales normas de actuación al practicar dos intervenciones, una cirugía colgajo con injerto de hueso y membrana en cuatro cuadrantes”, y cinco endodoncias que practicó en una única sesión, “con falta de la técnica mínima que debe presidir estas intervenciones, precipitadamente, y con falta de radiografías o con la existencia de dos defectuosas”. Como consecuencia de esta actuación, que se llevó a cabo en la clínica Medidental de Madrid, la paciente perdió tres piezas dentales de máximo valor estético, por lo que precisó asistencia facultativa, tratamiento médico quirúrgico y psicoterapéutico del que tardó en curar 180 días, 111 de ellos impeditivos, quedando como secuela trastorno postraumático. De los informes periciales rubricados por odontólogos, contundentes según la resolución, se deduce que hubo una pésima actuación profesional con infracción de reglas elementales.
REF. 61/12 (Para solicitar el texto íntegro pulse AQUÍ)


CONTENCIOSO

Obstetricia / Responsabilidad por no anotar antecedente de riesgo en la historia clínica

ADS. El Tribunal Supremo ha rechazado aplicar el criterio de pérdida de oportunidad, que permite minorar la cuantía de la indemnización, cuando hay deficiencias asistenciales o errores organizativos que tienen como consecuencia la producción de un daño en el ámbito asistencial de la sanidad pública. Lo hace al desestimar el recurso de casación promovido por la aseguradora de la Administración, Zurich, que consideraba que la sentencia de instancia condenatoria infringía la jurisprudencia relativa a la pérdida de oportunidad y sus consecuencias indemnizatorias. En el recurso de casación combatía además el criterio de asignación de responsabilidad por deficiencias asistenciales del centro, incidiendo en que una atención correcta no habría evitado el daño que se produjo por los antecedentes de riesgo de la paciente. El Supremo rechaza esta tesis habida cuenta que el defecto de información en la historia clínica del antecedente de perforación uterina -por legrado subsiguiente a un aborto espontáneo previo fue el factor desencadenante de la falta de atención debida en la terminación del segundo embarazo de la paciente. Pese al riesgo que suponía, en la hoja de obstetricia no se anotó al antecedente de perforación uterina, lo que conllevó que la matrona tratara el parto como normal, y ello a pesar de las advertencias de la familia de la paciente sobre el mal desenlace y las circunstancias del primer embarazo. La esterilización, la pérdida del hijo y el daño moral a los padres se indemniza con 250.000 euros.
REF. 62/12 (Para solicitar el texto íntegro pulse AQUÍ)


 

 

La AN insiste en neutralizar la reclamación contra el Estado por daños farmacológicos

ADS. La Audiencia Nacional (AN) ha considerado, de nuevo, que la Administración no es responsable de los efectos adversos de los medicamentos porque cuando los autoriza lo hace a título ‘experimental’, desde la ‘incertidumbre científica’, en la que los ‘riesgos del desarrollo’ durante la comercialización tampoco hacen responsable al Estado en su función de farmacovigilancia. La cláusula de exoneración de la responsabilidad patrimonial del Estado contenida en el artículo 141.1 de la Ley 30/92 es aplicable a la Administración con base en que el estado de la ciencia en el momento de la autorización y de la farmacovigilancia es variable, de forma que este precepto tiene un efecto neutralizador de las reclamaciones actuando a modo de fuerza mayor. Esta interpretación de la Audiencia Nacional (que aparece en otras sentencias recientes, ver ADS nº 189/2012) implica que la carga de la prueba sobre las deficiencias de la Administración en la autorización comercial o la farmacovigilancia corresponde al que reclama: “Partiendo del estado de la ciencia, es carga del demandante probar que la Administración no actuó conforme a los datos y evidencia científicas (...) tanto en la autorización del medicamento como en el momento en el que hubiera sido aconsejable retirarlo y no lo hiciera (...), o por falta de información que estima la parte que concurre y es atribuible al Ingesa por no señalar a sus facultativos las contraindicaciones”. La reclamación fue presentada por graves efectos (psoriasis pustulosa palmoplantar) del tratamiento con Adalimumab que dejaron a la paciente incapaz permanente absoluta para todo trabajo. Contrasta este criterio con el seguido por el Tribunal Superior de Justicia de la Rioja, que ha declarado la responsabilidad de la Administración por la prescripción de un fármaco con riesgos sin el consentimiento del paciente (Lyrica, ver texto y análisis en ADS nº 192/2012).
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Daño neurológico / Tratamiento acorde con la lex artis en hospital sin UCI de neonatología

ADS. La Audiencia Nacional ha desestimado una reclamación que reprochaba que el parto y las primeras atenciones a un recién nacido se efectuaran en un hospital sin unidad de cuidados intensivos neonatal que fuera capaz atajar la complicación pulmonar grave del prematuro, así como la tardanza en trasladar al niño a otro centro con medios adecuados. Su sentencia acepta la pericial encargada por el órgano judicial en el sentido de declarar acorde con la lex artis la aplicación de medios disponibles conforme el estado del conocimiento científico en el momento de los hechos “porque en la mayoría de las unidades neonatales se atienden niños de 35 semanas de edad gestacional que son hijos de madre diabética”. La desestimación de la reclamación se produce a pesar de que esta pericial reconoce que en los casos de recién nacidos con alto riesgo, el hospital debe disponer de una unidad de cuidados intensivos capacitada para atender prematuros, unidad de la que carecía el Hospital del Aire en el momento de los hechos. La pericial reconoce que la complicación pulmonar grave en la enfermedad de membrana hialina que padecía el neonato es posible pero de frecuencia muy baja, “por lo que no se puede afirmar que sea previsible”. También reconoce que el tratamiento precoz con óxido nítrico habría disminuido la posibilidad de sufrir daño neurológico, pero que esta terapia sólo era de uso generalizado en 1998 en hospitales de primer nivel.
REF. 64/12 (Para solicitar el texto íntegro pulse AQUÍ)


OTRAS SENTENCIAS

Mala praxis por recambio de prótesis injustificado
REF. 65/12 (Para solicitar el texto íntegro pulse AQUÍ)

Condena por no informar de síndrome de Down
REF. 66/12 (Para solicitar el texto íntegro pulse AQUÍ)

Nulidad de concurso de farmacias por favorecer a desempleados
REF. 67/12 (Para solicitar el texto íntegro pulse AQUÍ)

Nulidad de baremo por primar experiencia en autonomía
REF. 68/12 (Para solicitar el texto íntegro pulse AQUÍ)

Régimen AMF-AT. Tope legal de pensiones públicas
REF. 69/12 (Para solicitar el texto íntegro pulse AQUÍ)

TC - Rechazo al recurso contra recorte salarial de empleados públicos
REF. 70/12 (Para solicitar el texto íntegro pulse AQUÍ)

TC - Discriminación por edad en el acceso a oficinas de farmacia
REF. 71/12 (Para solicitar el texto íntegro pulse AQUÍ)

TJUE - Exención de autorización a medicamentos de precio menor
REF. 72/12 (Para solicitar el texto íntegro pulse AQUÍ)

NORMATIVA



Modificación RDL 16/2012, más que una simple corrección de errores
 REF. 73/12 (Para solicitar el texto íntegro pulse AQUÍ)

UE - Avances en torno a la 'glasnot' informativa del medicamento
REF. 74/12 (Para solicitar el texto íntegro pulse AQUÍ)

Galicia - Expediente personal electrónico de profesionales de salud
REF. 75/12 (Para solicitar el texto íntegro pulse AQUÍ)

Galicia - Plan de Ordenación de Recursos Humanos del Sergas
REF. 76/12 (Para solicitar el texto íntegro pulse AQUÍ)

Islas Baleares - Suprimen la productividad variable a estatutarios
REF. 77/12 (Para solicitar el texto íntegro pulse AQUÍ)

Cataluña - Requisitos de laboratorio de salud ambiental y alimentaria
REF. 78/12 (Para solicitar el texto íntegro pulse AQUÍ)

Castilla y León - Organización de la jornada ordinaria
REF. 79/12 (Para solicitar el texto íntegro pulse AQUÍ)

    La Rioja - Retribuciones del personal del Seris
REF. 80/12 (Para solicitar el texto íntegro pulse AQUÍ)

 


 

 

 


LIBROS

 
Trato y tratamiento

El libro, editado por el sello Diego Marín, ofrece al lector una oportunidad insuperable de reflexionar sobre aspectos esenciales del sistema sanitario, las actitudes, aptitudes y valores de los profesionales y ciudadanos frente al hecho de la salud y la enfermedad, así como la perspectiva bioética de muchos de los dilemas que en el momento presente se plantean cuando se afronta la asistencia sanitaria. La cuidada presentación de la obra y su estructura en sesenta y dos artículos, convierten a este libro en una deliciosa y agradable lectura para toda persona interesada en mantener un criterio actualizado sobre amplios aspectos de la sanidad. Los títulos, comenzando por el propio del libro, Trato y tratamiento, son introductores excelentes de un contenido riguroso y de amplitud de pensamiento, que permite a quien lo lee no sentirse impelido dogmáticamente a aceptar lo que allí se halla escrito, sino a elaborar su propio criterio, a partir de lo que en cada uno de los capítulos se relata. Algunos de estos títulos, tan sugerentes como: "El síndrome del impermeable blanco", "La soberbia del acólito", "Dualidades médicas", "Las cuatro D del envejecimiento: derechos, deterioro, demencia y dependencia", "Sistema sanitario: decálogo de errores y horrores", "Generosidad: clave de la felicidad, también en Medicina", etc. Incluso, la propia leyenda subtítulo del libro, hace mención al concepto de "SOStenibilidad", apoyándose en el mensaje de llamada de socorro (SOS). Se completa cada uno de los sesenta y dos artículos, además, con imágenes elegidas cuidadosamente, que hacen una referencia gráfica al contenido de cada uno de ellos. La originalidad de su selección y su contenido alegórico, facilitan un acercamiento a la esencia del mensaje. El autor, Rafael Pacheco Guevara, es un profesional de dilatada trayectoria, que ha desarrollado su labor tanto asistencialmente como en la gestión sanitaria y en el campo de la docencia, como profesor universitario. Actualmente, trabaja en el Hospital General Universitario Reina Sofía de Murcia, como responsable de la Unidad de Medicina Judicial y Ética Médica. La humanidad de su talante y el rigor intelectual en sus planteamientos le convierten en un excelente observador de la realidad del momento en todos los campos, y especialmente en el sanitario. Es un enamorado de la Bioética, a la que considera "un campo de encuentro de mínimos", que permite el ejercicio profesional que garantiza a ciudadanos y profesionales actuaciones basadas en la equidad y en los códigos del buen hacer.

 

 


Título: Trato y tratamiento. claves para una medicina de calidad: científica, humanizada y SOStenible.  Editorial: Diego Marín Librero Editor.
Autor: Rafael Pacheco Guevara. Páginas: 265.

 

 


 


 

 

Discapacidad, envejecimiento y dependencia

Este libro versa sobre la discapacidad –incluidas aquellas de sus manifestaciones que suponen dependencia- y las dificultades o limitaciones funcionales del envejecimiento. Su objetivo es promover su afrontamiento racional, tanto por los interesados como por los agentes concernidos. Esa acción racional consistiría en la aplicación proactiva, rigurosa, cordial y comprometida del conocimiento útil para el bienestar y para la contribución social de las personas afectadas. El libro reseña casos de personas conocidas que siguieron esa pauta: Helen Keller, Ramón y Cajal, el presidente Roosevelt, Christy Brown -Mi pie izquierdo-, Stephen Hawking, Juan Pablo II… El afrontamiento racional de la discapacidad y de las limitaciones funcionales del envejecimiento requiere acciones y servicios de prevención, rehabilitación, apoyos de mantenimiento y accesibilidad de los entornos tanto físicos como sociales. Son medios que necesitan la cooperación de los afectados y de sus familiares; y demandan, por supuesto, las aportaciones de los técnicos y de los gestores de la acción pública y también de la privada. Los interesados están llamados a afrontar positiva y activamente sus riesgos y limitaciones. Los científicos, los técnicos y los gestores públicos y privados están obligados a contribuir con investigación y aplicaciones del conocimiento alcanzado, no sólo en los aspectos técnicos, sino también en la gestión privada y en la acción política.

 


Título: Afrontar la discapacidad, el envejecimiento y la dependencia.
Editorial: CCS. Autor: Demetrio Casado. Páginas: 264.

 

 

 

 

 

 

CONSEJO ASESOR

Presidente honorífico

Enrique Ruiz Vadillo
Tribunal Constitucional.


Vocales

José M. Alvarez-Cienfuegos. Magistrado. Magistrado del Tribunal Supremo.
José Antonio Seijas Quintana,
Magistrado del Tribunal Supremo (Sala Civil).
Santiago Pelayo, Abogado.
Julio Galán Cortés, Abogado.
Doctor en Medicina.
Profesor Antonio Piga Rivero. 
Médico Forense, Profesor Emérito de la Universidad de Alcalá de Henares, 
Gobernador Honorario de World Association for Medical Law.

Editor Iñigo Barreda
Coordinador Carlos Barreda
Redacción IFS
Marketing / Suscripciones Inmaculada Romera